
CONSEJO MUNICIPAL TURISMO – COMTUR
El Consejo Municipal de Turismo de Bento Gonçalves fue creado en 11 de mayo de 1965, a través de la Ley Municipal n º 171/2005.
Actualmente, la legislación del consejo sigue las modificaciones impuestas por la ley Municipal n º 2.411, de 28 de diciembre de 1994, teniendo solamente modificado a lo largo de los años, el n º de entidades que lo componen.
Son atribuciones del consejo:
- Formular la política municipal de Turismo, pretendiendo crear condiciones para el incremento y desarrollo de actividades turísticas en el Municipio.
- Proponer resoluciones, actos o instrucciones reglamentarias necesarias al pleno ejercicio de sus funciones, y modificaciones o supresiones de exigencias administrativas o reglamentarias que dificulten las actividades de turismo.
- Opinar en esfera del Poder Ejecutivo o, cuando solicitado, del Poder Legislativo, sobre proyectos de ley que se relacionen con el turismo o adopten medidas que en este puedan tener implicaciones;
- Desarrollar programas y proyectos de interés turístico, visando incrementar el flujo de turistas a la ciudad de Bento Gonçalves;
- Establecer directrices para un trabajo coordenado por la iniciativa privada, con el objetivo de promover la infraestructura adecuada a la implantación del turismo;
- Estudiar de manera sistemática y permanentemente el mercado turístico del municipio, a fin de contar con los datos necesarios para un adecuado control técnico;
- Programar y ejecutar amplios debates sobre temas de interés turístico;
- Mantener catastros de informaciones turísticas de interés del municipio;
-Promover y divulgar actividades ligadas al turismo.
- Apoyar, en nombre del Ayuntamiento Municipal de Bento Gonçalves, la realización de congresos, seminarios y convenciones, relevante interés para el implemento turístico del municipio;
- Implementar convenios con órganos, entidades e instituciones, públicas o privadas, nacionales o internacionales de turismo, con el objetivo de proceder intercambio de interés turístico;
- Proponer planos de financiamiento y convenios con instituciones financieras públicas o privadas;
- Emitir parecer relativo a financiamientos de iniciativas, programas y proyectos que pretendan desarrollar la industria turística, en la manera que sea establecida en la reglamentación de esta ley;
- Examinar, juzgar y aprobar las cuentas que les sean presentadas referentes a los planes y programas de trabajo ejecutados;
- Fiscalizar la captación, o repase y la destinación de los recursos que les sean destinados;
- Organizar su regimiento interno.
El consejo tiene carácter Consultivo, y conforme establecido en su regimiento Interno realiza encuentros mensuales, en lugares aleatorios definidos por los consejeros, poseyendo actualmente en su composición, 22 entidades, siendo estas representadas por un miembro titular y un suplente, de las esferas gubernamentales y no gubernamentales, conforme el cuadro que sigue:
Entidades que hacen parte de COMTUR |
| Secretaria Municipal de Turismo |
| Secretaria Municipal de Educação |
| Secretaria Municipal de Desenvolvimento Econômico |
| Secretaria Municipal de Meio Ambiente |
| Centro da Indústria e Comércio – CIC |
| Câmara de Dirigentes Lojistas – CDL |
| Campus Universitário da Região dos Vinhedos – UCS/CARVI |
| Faculdade Cenecista |
| Fundação Educacional da Região dos Vinhedos - FERVI |
| Serviço de Apoio às Micro e Pequenas Empresas - SEBRAE |
| SENAC |
| Banco do Brasil |
| Sindicato dos Trabalhadores Rurais |
| Sindicato dos Representantes Comerciais |
| Associação Gaúcha de Emissoras de Rádio e Televisão - AGERT |
| Fundação Parque de Eventos e Desenvolvimento de BG - Fundaparque |
| Instituto Federal de Educação, Ciência e Tecnologia do RS - IFRS |
| Associação dos Produtores de Vinhos Finos do Vale dos Vinhedos – APROVALE |
| Associação Caminhos de Pedra |
| Associação Vale das Antas |
| Associação Caminhos de Faria Lemos |
| Associação Pintobandeirense de Turismo e Cultura |
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